En las noticias sobre robos en domicilios, comercios u oficinas es habitual ver escrito u oír allanamiento ilegal, y si el acto en sí del robo es ilegal, también lo es el de entrar en un sitio sin autorización.
En la jerga jurídica, un «allanamiento de morada» es el delito que comete quien, sin habitar en ella, entra o se mantiene en morada ajena contra la voluntad de su ocupante. Queda claro, pues, que se trata de un acto ilegal.
Sin embargo, en algunos países de América, el allanamiento es el 'registro policial de un edificio', y en ese caso se trata de un acto legal, por lo que en estos países, y solo en ellos, se podría, según el caso, calificar el allanamiento de legal o ilegal.
Para el resto de países hispanohablantes, la Fundéu BBVA, que trabaja con el asesoramiento de la Real Academia Española, recomienda que siempre que se informe sobre acciones delictivas se use solo la palabra allanamiento, ya que el contexto nos indica que no se trata de un hecho legal.
Con información de: fundeu
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